
El Ministerio del Trabajo recuerda que todas las empresas privadas en Ecuador están obligadas a distribuir el 15 % de sus ganancias líquidas entre sus colaboradores, un derecho laboral protegido por el Código de Trabajo. La fecha límite para este pago es el 15 de abril de 2026.
Este beneficio económico reconoce el aporte de los trabajadores al crecimiento de las compañías y respalda a miles de familias en todo el país. El incumplimiento por parte de los empleadores puede derivar en sanciones, multas y conflictos legales.
Cómo se calcula el pago de utilidades
El 15 % de las ganancias líquidas se divide en dos partes:
- 10 % proporcional: se distribuye entre todos los trabajadores según los días laborados durante el año.
- 5 % por cargas familiares: se asigna considerando hijos menores o cónyuges dependientes.
Por ejemplo, si una empresa tiene una utilidad líquida de $100.000, $15.000 se reparten entre los empleados. De estos, $10.000 se reparten según el tiempo trabajado, y $5.000 según las cargas familiares.
Quiénes tienen derecho al cobro
- Todos los trabajadores con relación de dependencia en el sector privado durante el año fiscal correspondiente.
- Los extrabajadores que laboraron en la empresa durante el periodo de generación de utilidades.
No tienen derecho a este beneficio los accionistas, socios ni empleados del sector público.
Qué ocurre si la empresa no obtuvo ganancias
Si la compañía no genera ganancias netas al cierre del año fiscal, no se distribuyen utilidades. No obstante, el Ministerio del Trabajo puede verificar los estados financieros para asegurar que no exista ocultamiento de información o evasión del pago.
Cómo reclamar utilidades pendientes
Los trabajadores que sospechen irregularidades pueden presentar una denuncia formal ante el Ministerio del Trabajo, que puede iniciar auditorías y garantizar que ningún colaborador pierda un derecho legalmente reconocido.
