
El Servicio de Rentas Internas (SRI) implementará una nueva disposición que modificará la forma de declarar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador. A partir del 1 de junio de 2026, la declaración solo será considerada válida si se realiza junto con el pago total del impuesto en un mismo proceso.
La medida consta en la Resolución NAC-DGERCGC26-00000016 y elimina la posibilidad de declarar el IVA sin cancelar el valor completo en el mismo momento. Es decir, ya no se podrá presentar la declaración y dejar el pago pendiente para después.
Con esta reforma, si el contribuyente no cancela el 100% del impuesto, el sistema no reconocerá la declaración como válida. Incluso el uso de notas de crédito o compensaciones parciales no será suficiente para cumplir la obligación tributaria.
Sin embargo, la normativa contempla excepciones para casos específicos, como los contribuyentes dentro del sistema de compensación fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, exportadores de bienes y proveedores directos de exportadores que cumplan ciertos requisitos.
El SRI señaló que el objetivo de esta modificación es simplificar el proceso tributario y mejorar la recaudación, evitando declaraciones sin pago que afectan la claridad de las cifras fiscales.
Entre las recomendaciones para los contribuyentes se destaca la planificación del flujo de caja, la anticipación en la presentación de declaraciones y la revisión cuidadosa de mecanismos de compensación, ya que estos no sustituirán el pago total exigido.
Con esta nueva regla, el proceso de declaración del IVA en Ecuador se unifica en un solo paso obligatorio a partir de junio de 2026.
